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Continúa la batalla contra The Pirate Bay

Autor
Coordinación Comunicaciones
Fecha
21 marzo, 2017

por: Natalia Tovar
El sitio web de intercambio de ficheros peer-to-peer conocido como The Pirate Bay sigue involucrado en dos procesos judiciales, uno promovido por Universal Music, Sony Music, Warner Music y la industria cinematográfica en Suecia; el segundo en los Países Bajos, en el que se presentó una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Suecia

Universal Music, Sony Music, Warner Music y la industria cinematográfica sueca, demandaron a  Bredbandsbolaget, empresa prestadora de servicios de internet (PSI) para que bloqueara el acceso a la página de torrents, The Pirate Bay. Los accionantes señalaban que el PSI constituía una herramienta necesaria para las infracciones de derecho de autor que se materializaban a través del sitio web.

En febrero del 2017, después de tres años de batallas judiciales, la Corte de Patentes y Comercio de Suecia dio la razón a los demandantes, en una decisión que ordena el bloqueo,  por un periodo de 3 años, de casi un centenar de dominios relacionados con The Pirate Bay y Swefilmer-red que ofrecía películas y series subtituladas en sueco sin la autorización de los titulares-.

La Cuestión Prejudicial ante el TJUE

La controversia en los Países Bajos también involucra a los PSI. La fundación BREIN, dedicada a la lucha contra la piratería, solicitó ante los tribunales neerlandeses que los dos prestadores de servicio de internet más importantes del país bloquearan el acceso a The Pirate Bay.

En el marco de dicho proceso el Tribunal Supremo de los Países Bajos refirió dos preguntas ante el TJUE, la primera relativa a la posibilidad de que sitios como The Pirate Bay, que no alojan  contenidos pero ofrecen un sistema para que los usuarios puedan localizar, cargar y descargar obras protegidas, efectivamente realicen una comunicación al público.

La segunda cuestión indaga sobre la posibilidad de que, incluso sin que se configure una comunicación al público, los jueces dicten medidas cautelares que ordenen a los PSI bloquear el acceso a las páginas de indexación de redes peer-to-peer.

El Abogado General del Tribunal europeo presentó su concepto en febrero de este año. Concluyó que las páginas como The Pirate Bay, una herramienta necesaria para organizar el sistema y permitir el acceso a los contenidos, ponen a disposición las obras protegidas de forma conjunta y simultanea con los usuarios que, a pesar de tener un conocimiento efectivo sobre las conductas irregulares, no actúan para impedir el acceso a las obras.

Igualmente precisó que el bloqueo de un sitio de internet como medida cautelar solo se puede evaluar conforme a la legislación de cada Estado, toda vez que a nivel de la Unión Europea no se han armonizado las disposiciones sobre responsabilidad por violación indirecta al derecho de autor. Esto involucra a los operadores de indexación de redes peer-to-peer que no ponen a disposición contenidos directamente.

Por ahora las industrias creativas siguen dando la batalla contra este tipo de sitios, que tienen en sus manos un negocio muy rentable. Según un informe de la ONG norteamericana Digital Citizens Alliance, que trabaja en temas relativos a la seguridad en internet, en 2014 las páginas que operan bajo este modelo recibieron cerca de 227 millones de dólares en ingresos por concepto de publicidad, con un porcentaje de ganancias que oscila entre el 80% y el 94%.